Objetivo General:

Dar respuesta a las solicitudes de información que los ciudadanos realicen a través de la Oficina de Acceso a la Información Pública en virtud de la ley 200-04-de Libre Acceso a la Información Pública.

 

Funciones Principales:

Instituir los criterios, reglamentos y procedimientos para asegurar eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, elaborando un programa para facilitar la obtención de información del organismo, institución o entidad, que deberá ser actualizado periódicamente y que incluya las medidas necesarias para la organización de los archivos.

Compilar las estadísticas y balances de gestión de su área en materia de acceso a la información, elaborados por las respectivas OAI, y confeccionar un informe anual respecto de su organismo, institución o entidad, que será publicado en las páginas de Internet oficiales y difundido por todos los medios posibles.

Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información.

Auxiliar en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientar a los solicitantes respecto de otros organismos, instituciones o entidades que pudieran tener la información que solicitan.

Realizar los trámites dentro de su organismo, institución o entidad, necesarios para entregar la información solicitada.

Proponer los procedimientos internos que pudieran asegurar una mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información.

Llevar un archivo de las solicitudes de acceso a la información, sus antecedentes, tramitación, resultados y costos.

Poner a disposición de la ciudadanía, tanto en Internet como en un lugar visible en sus instalaciones, un listado de los principales derechos que, en materia de acceso a la información, asisten al ciudadano.

Elaborar, actualizar y poner a disposición de la ciudadanía un índice que contenga la información bajo su resguardo y administración.

Realizar las correspondientes tachas en caso de solicitarse un documento que contenga información parcialmente reservada. Las tachas se harán bajo la responsabilidad de la máxima autoridad del organismo, institución o entidad.

Realizar las demás tareas necesarias que aseguren el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información, la mayor eficiencia en su misión y la mejor comunicación entre el organismo, institución o entidad y los particulares.

Cumplir con las metas individuales que le sean asignadas y los compromisos que ellas conlleven, conforme la naturaleza del cargo.

Realizar otras tareas conforme a lo asignado por su superior inmediato.

 

Norma que le Asigna:

 • Resolución Número 194-2012, que aprueba la Estructura Organizativa y de cargos de las Oficinas de Acceso a la Información Pública, (OAI).

 • Resolución Núm. 02-2019 que aprueba una nueva estructura organizativa para la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).

 

Nombre: Jenniffer Gómez  Linares

Puesto: Encargada Departamento de Acceso a la Información Pública

Teléfono: 809-262-0243

 

 

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ATRIBUCIONES Y FUNCIONES OFICINA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

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