6- ¿Debo reportar las bonificaciones a mis ex – empleados? , y ¿cómo puedo hacerlo?
Si, debe reportarla. Debe pagar la notificación de TSS y luego que el periodo haya vencido, debe enviar una plantilla de autodeterminación retroactiva (AR) con todos los empleados de ese periodo, incluyendo sus ex-empleados colocando en Salario cotizable RD$ 0.00 en Salario ISR RD$0.01 y Salario INFOTEP 0.01 y en otras remuneraciones el monto de las bonificaciones.
7- ¿Cuales son los montos de retención y aporte de empleados y empleadores?
¿Cuales son los topes salariales de aporte al Sistema Dominicano de Seguridad Social?
8- ¿Cómo se obtiene el salario Neto imponible del ISR en el SUIR?
Para obtener el Salario Neto Imponible del ISR, el Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) deduce automáticamente la retención de Seguridad Social para obtener el Salario Neto Imponible, no debe hacerlo antes de ingresar los montos.
9- ¿Cuándo debo dar salida de nómina a un empleado?
Inmediatamente culmina su contrato laboral, registrando el salario percibido hasta esa fecha y el monto de prestaciones laborales y derechos adquiridos pagados.
10- ¿Cómo dar salida a un empleado que fue ingresado por error o no le corresponde estar en el periodo indicado por no haber recibido remuneración de ninguna índole?
Si no laboró en ese mes, y está fuera de la nómina y en la notificación de pago está presente, debe dar ingreso con fecha del mes vigente y luego la baja con fecha del mes anterior. Esto es en los casos que el periodo del cual desea darle salida esté vigente.
11- ¿Cuándo se genera la notificación y cuál es la fecha límite para pago?
Las notificaciones se generan a partir de día 20 de cada mes, y se tiene como fecha límite de pago los (03) tres primeros días hábiles del mes siguiente, puede consultar el calendario de fechas límites de pago en nuestro portal Web.
12- ¿Cuáles son las certificaciones que se pueden obtener vía la Tesorería de la Seguridad Social?
Las certificaciones que se pueden solicitar vía SUIR, (automáticas) son las de balance al día, aporte de empleado por empleador y la de registro sin nomina (solo aplica para RNC jurídicos si nunca han tenido un historial de nóminas registradas).
El lapso de emisión es de hasta 05 días laborables y no tienen ningún costo. Las certificaciones manuales, vía formulario de solicitud de certificación, son de no registro en TSS (no aplica para Cédula Persona Física), las de registro sin nomina (cuando el empleador no tiene nominas en tiempo actual, pero anteriormente tuvo un historial de nóminas pagadas), las de balance al día cuando el empleador posee acuerdo de pago, y las certificaciones de aportes para Pensión Alimenticia (mediante comunicación de Ministerio Público). El lapso de emisión es de 05 días laborables y no tienen ningún costo
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